Repudiar una herencia

  • por Josep Mª Reichardt
  • hace 10 meses
  • Legal
  • 1
Repudiar una herencia

Repudiar una herencia es un acto legal que permite a una persona designada como heredera o legataria rechazar la adquisición de la herencia por diversas razones. Normalmente el hecho de aceptar una herencia es algo positivo, ya que aumenta el patrimonio y la capacidad económica del heredero. Sin embargo, en ciertos casos, puede resultar inconveniente aceptar una herencia debido a deudas superiores a los activos, falta de interés en los bienes heredados o razones personales y morales.

Repercusión en el patrimonio al repudiar una herencia

La legislación contempla la figura de la repudiación de herencia, que permite a cualquier persona designada como heredera o legataria manifestar formalmente su voluntad de no aceptar la herencia. Esta repudiación debe hacerse ante notario y mediante una escritura pública.

La repudiación de una herencia tiene efectos significativos en el patrimonio de los herederos o legatarios. Al aceptar una herencia, el heredero asume todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido y además debe liquidar el impuesto de sucesiones. Esto implica que el heredero es responsable de todas las deudas y cargas de la herencia, no solo con los bienes heredados, sino también con sus propios activos. Por otro lado, al repudiar una herencia, los bienes, derechos y obligaciones no se integran en el patrimonio del heredero o legatario, y los acreedores de la herencia no pueden perseguir esos bienes para satisfacer sus créditos.

Casos en los que es posible repudiar una herencia

La repudiación de herencia está abierta a todas las personas designadas como herederas o legatarias, siempre y cuando estén legitimadas para ello. Los mayores de edad con plena capacidad de disposición de sus bienes pueden repudiar una herencia sin restricciones. En el caso de los menores de edad, los tutores deben obtener autorización judicial para repudiar la herencia. Las entidades legales, como asociaciones o fundaciones, también pueden repudiar una herencia, pero requieren aprobación judicial.

En ciertos casos, una persona puede considerar la repudiación de una herencia para evitar que los bienes heredados se destinen al pago de sus deudas anteriores. Sin embargo, la ley establece que si un heredero repudia la herencia perjudicando a sus acreedores, estos pueden solicitar autorización judicial para aceptar la herencia en su nombre, asegurando así el pago de sus créditos.

Repudiar una herencia no requiere que todos los herederos o legatarios renuncien conjuntamente. Cada uno puede decidir de manera independiente si aceptar o renunciar a la herencia.

No existe un plazo específico para renunciar a una herencia, pero es importante tener en cuenta que la renuncia no puede realizarse antes del fallecimiento del causante. Además, es recomendable renunciar antes de que expire el plazo voluntario para la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Razones para repudiar una herencia

Las razones principales para repudiar una herencia incluyen la existencia de más deudas que activos en la herencia, la incapacidad para pagar el impuesto de sucesiones y las deudas personales del heredero.

Además, repudiar una herencia tiene implicaciones fiscales. En general, si se renuncia gratuitamente a la herencia, no hay tributación. Sin embargo, si la renuncia se hace a favor de una persona determinada, se aplicarán impuestos. Además, si la renuncia se realiza después de que haya prescrito el Impuesto de Sucesiones, se considerará una donación sujeta a impuestos.

Costes al otorgar una escritura de repudiación de herencia

El costo de otorgar una escritura de repudiación de herencia puede variar según diversos factores, como la extensión del documento y el número de copias autorizadas, los desplazamientos del notario y los suplidos correspondientes. En general, se puede estimar un costo total de alrededor de 115 euros, incluido el IVA.

Para otorgar una escritura de repudiación de herencia, es necesario ponerse en contacto con una notaría y concertar una cita. En la cita, se debe llevar la documentación requerida, que incluye el documento de identidad, el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el título sucesorio del difunto.

Finalmente reseñar que cualquier duda que pueda surgir, es recomendable ponerse en contacto con abogados especialistas en herencias y sucesiones, para que nos puedan asesorar y acompañar en todo el proceso sucesorio.

 

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