Notarios y NFT

Para iniciar el artículo definiremos que es un NFT y posteriormente veremos si esta tecnología podía reemplazar las actividades de un notario. Podemos explicar el término no fungible, ya que se considera como algo que puede ser intercambiado entre las personas, es único y no se puede dividir.

Por lo que entre las características esenciales del NFT o Non-Fungible Token, se encuentran que sean únicos, indivisibles y transferibles. Además deben tener la cualidad de poder verificar su carestía.

Además, es de gran importancia entender que existe una diferencia entre el NFT y una Criptomoneda. Son términos que suelen tomarse como iguales ya que los dos son tokens criptográficos y trabajan en la red Blockchain, el primero es fungible y el otro es no fungible.

Fácilmente cualquier cosa puede ser un NFT, pero gran cantidad de ellos son archivos totalmente digitales, entre los que se encuentran imágenes, videos, GIF, animaciones, audios, entre otras cosas que puedan despertar el interés de que las personas para que paguen diversas sumas de dinero con la finalidad de ser dueños de los mismos.

¿Qué hace la tecnología Blockchain?

Por medio de la tecnología Blockchain se puede autenticar y certificar si un activo es original, sin importar si es físico o digital sin la necesidad de contar con la presencia de un tercero que certifique este procedimiento.

Es importante mencionar que la Blockchain es una cadena de bloque de registros públicos, indestructibles y de certificación de nodos, lo que hace que sea casi improbable de cambiar, adulterar o modificar los protocolos que se encuentran tokenizados.

Originando como resultado una evolución de gran cantidad de actividades que se realiza en la actualidad, entre los que se encuentran los registros públicos, de identidades nacionales, de autor, los servicios de notarios y profesiones que den fe pública.

En este momento está naciendo una tecnología que se encarga de cifrar, certificar y conservar la información incluida en la cadena de bloques. Esta nueva tecnología se está probando con obras de artes, figuras coleccionables, fotos, música, portadas de revistas, entre otros.

Pudiendo poner a prueba la habilidad de intercambio, la seguridad de la información, su claridad y veracidad.

¿Pueden reemplazar los NFT parte de los servicios notariales?

Antes de responder a esta pregunta debemos diferenciar entre las funciones del notariado anglosajón y las funciones del notariado latino o germánico.

Notariado anglosajón

Está vigente en Estados Unidos, Reino Unido (y lo que habían sido sus colonias) y también países escandinavos, únicamente lo que hace es la legitimación de la firma. Es decir la verificación de si la firma pertenece a una persona o se realizó en una determinada fecha.

Notariado latino o germánico

Está vigente en Europa continental (y lo que fueron sus colonias) y China. Además de las actividades anteriores acredita otras funciones como:

  • La capacidad del firmante (Es el notario el que bajo su responsabilidad hace un juicio sobre ello)
  • La legalidad de la operación. Es decir que las partes han comprendido su contenido y que redacta bajo su responsabilidad el documento.

Además de tener otras funciones como la prevención del blanqueo de capitales, notificación a los distintos órganos de la administración pública parte del contenido de lo otorgado: Catastro, Agencias Tributarias, Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, etc.

En resumen podemos decir que si los avances tecnológicos siguen el rumbo que llevan actualmente, el empleo de Blockchain podrá evitar la falsificación de datos y proporcionará un conjunto de información que no podrá ser eliminada. Actividades como la verificación manual de documentos, el uso de proveedores, el pago a los empleados…entre otros, quedarán totalmente automatizados. Es decir podría llegar a suplir en unos años al notariado de origen anglosajón.

Aunque de momento, Blockchain no redacta documentos, ni puede garantizar su legalidad, ni acreditar la capacidad de los otorgantes y su comprensión de lo otorgado. Tal y como está regulado el sistema notarial actual, la tecnología blockchain podría complementar, pero nunca sustituir a los notarios de tipo latino o germánico.

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