¿Se puede vivir en la misma casa estando separados?

  • por Jesus Barreña
  • hace 2 años
  • Legal
  • 1

Vamos a ver en este artículo si legalmente se puede vivir en la misma casa estando separados.

Regulación legal

El Código Civil en España regula esta situación tras la separación de los cónyuges en su artículo 87, donde se remite al 82, tal como veremos a continuación.

El artículo 87 del Código Civil español hace referencia al procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo y la posibilidad en estos casos hacer el trámite del mismo ante notario.

De conformidad con el Artículo 87 del Código Civil: “Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario, en la forma y con el contenido regulado en el artículo 82, debiendo concurrir los mismos requisitos y circunstancias exigidas en él. Los funcionarios diplomáticos o consulares, en ejercicio de las funciones notariales que tienen atribuidas, no podrán autorizar la escritura pública de divorcio.”

Al remitiste al Artículo 82 del Código Civil, lo reproducimos a continuación: “1. Los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio mediante la formulación de un convenio regulador ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública ante Notario, en el que, junto a la voluntad inequívoca de separarse, determinarán las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación en los términos establecidos en el artículo 90. Los funcionarios diplomáticos o consulares, en ejercicio de las funciones notariales que tienen atribuidas, no podrán autorizar la escritura pública de separación. Los cónyuges deberán intervenir en el otorgamiento de modo personal, sin perjuicio de que deban estar asistidos por letrado en ejercicio, prestando su consentimiento ante el letrado de la Administración de Justicia o notario. Igualmente los hijos mayores o menores emancipados deberán otorgar el consentimiento ante el letrado de la Administración de Justicia o Notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar. 2. No será de aplicación lo dispuesto en este artículo cuando existan hijos en la situación a la que se refiere el artículo anterior.”

Mutuo acuerdo

Cuando los cónyuges acuerden su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador podrán en el mismo acordar el extremos que aquí estamos estudiando. Podrán convivir en el mismo lugar, previo pacto expreso por ambas partes.

En situaciones donde por temas económicos ambos cónyuges tienes dificultadas en sobrevivir en condiciones adecuadas de sus propios ingresos, y siempre que la ruptura haya sido consensuada, es esta una solución pactada que en cierta forma ayuda a ambas partes a continuar con su vida de la mejor manera.

Es importante entender que tratándose de una separación por mutuo acuerdo, siempre será más fácil, menos costoso y menos traumático para la partes; es por ello que siempre que pueda existir un consenso será mejor para todos.

En cuanto al domicilio conyugal en el convenio regulador y siempre de mutuo acuerdo o sentencia por lo contencioso, se tendrá que establecer la adjudicación de vivienda habitual que en su caso se realice del uso del domicilio en favor de alguno, ninguno o ambos cónyuges, sin embargo en este último en periodos diferenciados.

Conclusiones

Es perfectamente legal que dos personas separadas puedan vivir en la misma casa, pero hay que tener cuidado y reservarlo a casos en los que no exista otra opción y enfocándolo como una situación estrictamente temporal, pues puede ser una fuente de tensión y conflictos.

El divorcio ante notario se puede gestionar siempre y cuando no existen hijos menores, en caso contrario, se tendrá que gestionar en el Juzgado. A pesar de ello, siempre será mejor de mutuo acuerdo que por lo contencioso.

Es aconsejable contar con el asesoramiento de un profesional que aconsejará legalmente sobre los derechos y deberes de las partes, así como velará por su mayor bienestar.

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