Impuestos a pagar al heredar un inmueble

Impuestos a pagar al heredar un inmueble

Vamos a conocer diferentes aspectos importantes al heredar un inmueble, impuestos a pagar y cómo proceder en casos como que la hipoteca esté pendiente o el inmueble esté alquilado.

Impuestos a pagar al heredar un inmueble

En nuestro país, al heredar un inmueble, es necesario pagar una serie de impuestos, como por ejemplo:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): Es un impuesto que grava las herencias y donaciones recibidas por una persona. El importe del impuesto variará en función del valor de la herencia y el grado de parentesco entre fallecido y heredero. Cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa y tipo impositivo para el ISD.

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). También denominado «Plusvalía Municipal«: Este impuesto grava el incremento del valor del suelo urbano en el momento de la transmisión de la propiedad. El importe a pagar se calcula en función de una serie de parámetros:

  • Valor catastral del inmueble.
  • Tiempo que el fallecido ha sido propietario.
  • Porcentaje de incremento del valor del suelo que se haya producido.

Debemos destacar que la obligación de pagar estos impuestos recae sobre los herederos. Éstos tienen tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante para presentar la documentación necesaria y liquidar los impuestos correspondientes. En caso de no cumplir con esta obligación en el plazo establecido, se generan intereses y recargos por mora.

Heredar una vivienda con la hipoteca pendiente de liquidar

Si se hereda una vivienda con una hipoteca pendiente, los herederos tienen la obligación de hacerse cargo del pago de la misma. En este sentido, se debe seguir pagando la hipoteca en las condiciones acordadas con la entidad financiera.

Debemos tener en cuenta que la deuda hipotecaria no se extingue con la muerte del titular del préstamo hipotecario, por lo que los herederos deben asumir el pago de las cuotas restantes y, en su caso, el pago de los intereses que se hayan generado.

En caso de que los herederos no puedan asumir el pago de la hipoteca, sería posible solicitar a la entidad financiera la novación de la hipoteca, para modificar las condiciones del préstamo y adaptarlas a sus posibilidades de pago. También pueden solicitar la dación en pago, que implica la entrega de la vivienda al banco a cambio de cancelar la deuda hipotecaria.

Finalmente destacar que cualquier modificación del préstamo hipotecario debe ser acordada entre los herederos y la entidad financiera. Hecho que implica la negociación de nuevas condiciones y la firma de nuevos documentos.

Heredar una vivienda con alquiler en vigor

Si se hereda una vivienda con un contrato de alquiler en vigor, el contrato de arrendamiento se mantiene y se debe respetar hasta su vencimiento. Los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario se mantienen intactos, y el nuevo propietario se convierte en el nuevo arrendador, asumiendo las mismas obligaciones y derechos que tenía el anterior propietario.

Es decir, el heredero debe respetar las condiciones del contrato de alquiler. Como por ejemplo el plazo, el precio de la renta y las obligaciones y responsabilidades de las partes, hasta su finalización. No se pueden modificar de forma unilateral las condiciones del contrato de alquiler mientras éste esté en vigor.

En caso de que el nuevo propietario decida no renovar el contrato de alquiler, deberá comunicarlo con la antelación suficiente y respetar los derechos del arrendatario establecidos en la ley. Como por ejemplo el derecho de tanteo y retracto en determinadas circunstancias.

Es importante tener en consideración que la herencia de una vivienda con contrato de alquiler podría generar una renta que deberá ser declarada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y tributada en función de la situación personal y las circunstancias del heredero.

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