En nuestra vida cotidiana es muy importante conocer términos legales básicos relacionados con transacciones y situaciones que tarde o temprano nos vamos a tener que encontrar.
Por ellos ofrecemos este diccionario legal con términos frecuentes usados y que es importante saber.

Agradecemos la asesoría de las siguientes entidades en la elaboración de este diccionario

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TweetConvenio regulador en el extranjero

¿Cómo firmar un convenio regulador cuando uno de los dos cónyuges reside en un país extranjero? Es una pregunta frecuente que se plantean muchas personas, sobre todo cuando hay restricciones de movilidad como en los tiempos de la pandemia de la COVID-19. Te explicamos los mecanismos que existen.



Varias páginas Web de abogados de referencia explican cómo se puede realizar este trámite cuando uno e los cónyuges reside en el extranjero y no puede desplazar a España para ratificar el convenio frente al juez. Partimos de la base en la que hay un mutuo acuerdo entre ambos cónyuges y que el abogado ha redactado un convenio regulador en el que ambos están de acuerdo. Pasos a seguir: Prepara documentación
  1. Advertir al juzgado de que se está en un situación especial.
  2. Incluir en el convenio regulador un poder especial para el procurador con una cláusula de ratificación incluyendo el convenio regulador suscrito. Especificar que hay ausencia de violencia y coacción en la firma del convenio, habiéndose firmado libremente.
  3. Además de incluir en el poder la facultad de ratificación del convenio a favor de los procuradores, habrá que incorporar éste en la escritura pública, quedando así protocolizado.
  4. El  cónyuge que se encuentra en España los firmará por triplicado el convenio regulador y una de las copias firmada se enviará al otro cónyuge al país donde se encuentre junto al poder.
Firma en el extranjero
  1. El cónyuge que reside en el extranjero deberá firmar el poder especial para pleitos y el convenio en un notario de su país, en el Consulado de España más cercano o la Embajada.
  2. Cuando salga del Consulado deberá enviar el poder con el convenio regulador incorporado al abogado en España para que presente la demanda de divorcio en el juzgado correspondiente, que será, el del lugar de residencia del cónyuge que está en España.
Ratificación en España
  1. Será el juzgado el que requiera a los cónyuges mediante una notificación al procurador, para que vayan a ratificar el convenio.
  2. El día de la ratificación el procurador representará al cónyuge del país extranjero gracias al poder otorgado.

Notas

  • En las fuentes legales que se citan en referencias se comenta que en algunas ocasiones el secretario del juzgado da valor al convenio firmado en el consulado sin necesidad del poder adjunto para el procurador, sin embargo la única forma de asegurar el trámite es la existencia del poder.
  • Se recomienda incluir más de un procurador en el poder especial para evitar problemas si el día de la ratificación el procurador designado no pudiera acudir.
  • Si dicho Poder se ha realizado ante autoridad española (Consulado o embajada de España), no será necesario ni la legalización ni traducción jurada, lo cual agiliza los trámites y es más barato.

Referencias


Fecha: 10-09-2020
Etiquetas: Familia.

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Imagen de Pixabay. Actualizado el 21/08/2020.

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